Principales obligaciones legales

Estas son las principales obligaciones de tipo legal que adquirimos al hacernos cargo de un animal, puedes ampliar información accediendo a nuestra página de enlaces de interés, allí encontrarás la legislación vigente.

  • Los perros deben ser identificados mediante pasaporte y microhip antes de cumplir los tres meses de edad. Los datos del propietario y animal se incluirán en la base de datos correspondiente a su comunidad autónoma.
  • Debemos actualizar la información anterior en caso de cambio de propietario, pérdida o muerte del animal.
  • Desde el año 2012 es obligatorio en nuestra comunidad de Castilla la Mancha la vacunación antirrábica bianual y la desparasitación semestral contra la Hidatosis de todos los cánidos mayores de tres meses. Ambos procedimientos deberán ser realizados por veterinarios autorizados a tenor del artículo 3.23 de la Ley 8/2003 de 24 de abril, de Sanidad Animal, anotando los datos correspondientes en el pasaporte individual de cada animal e incorporando ambos actos en el Sistema de Identificación Individual de Animales de Compañía de Castilla-La Mancha. Comprueba las leyes de otros países si viajas fuera de España.
  • Deberemos informarnos también en nuestro municipio de residencia de las reglamentaciones existentes que afecten a nuestros animales, en ciudades como Cuenca deberemos registrarlos además en un censo de carácter local.
  • En el transporte de perros y gatos el animal no puede ir suelto en el vehículo, lo ideal es un transportín de tamaño adecuado o una reja de separación, las correas de sujección son válidas legalmente pero en caso de accidente son muy peligrosas para tu mascota.
  • Poseer un perro considerado animal potencialmente peligroso nos obliga a cumplir las anteriores normas generales y a disponer de una licencia administrativa que obtendremos en nuestro ayuntamiento. Una vez en poder de dicha licencia deberemos registrar a nuestro perro también en el ayuntamiento. Más información en el siguiente apartado.
  • Los caballos deben cumplir una amplia normativa, no son considerados animales de compañía y antes de nada deberás dar de alta una explotación ganadera en la subdelegación de agricultura de tu provincia. Más información.
  • Para poder transportar tu caballo debes disponer de un remolque adecuado y visado por la administración, habiendo realizado y superado un curso específico que te autoriza a ello. Si utilizas a un transportista comprueba que cumple con la normativa de transporte de animales.
  • No olvides que para mover a tu caballo dentro de nuestra comunidad autónoma debes utilizar las hojas de transporte oficiales, en caso de salir de la comunidad solicita una Guía de Transporte en la subdelegación de agricultura, indicando la explotación ganadera de destino.
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